Contrata tu SOAP en Tenpo y aumenta al doble tus posibilidades de ganar
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Close ModalEl SOAP es un seguro obligatorio para todos los vehículos motorizados en Chile. Cubre los riesgos de muerte y lesiones de las personas a consecuencia de accidentes, reembolsando los gastos médicos y hospitalarios que se generen. Es esencial para renovar el Permiso de Circulación y garantiza protección financiera en caso de accidentes. CMF Chile
1. ¿Qué sucede si compro el SOAP y no me llega la póliza?
Sigue estos pasos:
- Ingresa a este link.
- Ingresa la patente de tu vehículo y tu RUT.
- ¡Listo! Ya tienes la póliza en tus manos.
2. ¿Puedo modificar datos de la póliza del vehículo o propietario si están erróneos?
Sí, para realizar algún cambio relacionado al vehículo o al propietario, favor comunicarse al 600 6000 292.
Auto, Station Wagon, Jeep | $5.990 |
Camioneta, Furgón | $8.290 |
Carro Arrastre | $4.490 |
Moto | $40.990 |
4. ¿Puedo contratar el SOAP de otra persona con mi tarjeta?
Sí, puedes comprar el SOAP para un familiar o amigo desde tu cuenta Tenpo. Solo necesitas la patente del vehículo.
5. ¿Cómo puedo pagar mi SOAP?
Si tienes ambos productos (Tarjeta de crédito y Tarjeta prepago), el cobro se realizará automáticamente a tu Tarjeta de Crédito Tenpo. En caso de que solo tengas Tarjeta Prepago Tenpo, el cobro se cargará directamente a esa tarjeta.
Se deja constancia que Tenpo Technologies SpA no comercializa, ni intermedia seguros. El riesgo es cubierto por BCI SEGUROS GENERALES S.A bajo la POL 320130487 depositada en el registro de Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Las condiciones generales pueden ser consultadas a través del sitio web de la comisión para el Mercado Financiero (http://www.cmfchile.cl). La presente información es sólo un resumen de las coberturas, el detalle de estas se encuentran en la póliza antes mencionada. La oferta de este seguro sólo está dirigida a vehículos de uso particular y no aplica a vehículos cuyo uso o destino sea comercial, entendiendo por tales, aquellos de transporte de carga, como camiones y acoplados, y de transporte de pasajeros, como taxis básicos y ejecutivos, minibuses escolares, furgones escolares, buses urbanos e interurbanos y transportes de turismo, entre otros. No aplica derecho a retracto (Art. 5° Ley 18.490)